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El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establecen en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en la Ley General, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, y la normatividad aplicable en sus respectivas competencias; sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada temporalmente, por razones de interés público, en los términos dispuestos por las Leyes.